sábado, 14 de enero de 2012

Montesquieu (Barón de Charles de Secondat) (1689-1755)

Entre otras, la obra más conocida e importante del Barón de Montesquieu es "El Espíritu de la Leyes" (1748), de la que en dos años se hicieron 22 ediciones. A destacar también otra obra suya denominada "Cartas Persas".

Montesquieu y Derecho Constitucional

- Montesquieu: iniciador del método sociológico


Es el iniciador del método sociológico al plantear que cualquier dato social no puede comprenderse sin sus contextos físicos, morales o institucionales, que no es el azar o la fortuna lo que rige las sociedades humanas y que tampoco el simple deseo humano es suficiente para organizar y preservar las instituciones, sino que éstas dependen de múltiples factores o en expresión que quedaría consagrada para la posteridad "de la naturaleza de las cosas". Y por ello en el Libro III de "El Espíritu de las Leyes" nos hablará de las relaciones entre éstas y el territorio (que determina la población y la abundancia o escasez), el clima (que condiciona tipos diversos de sociedad) o el espíritu y los principios con que ha ido conformándose una sociedad cuyas costumbres "forman" la manera de ser de una nación.

- Tipología de Estados según Montesquieu: Gobiernos republicanos, monárquicos y despóticos


Montesquieu establece una tipología de los distintos Estados distinguiendo los siguientes tipos de Regímenes (a los que él llama Gobiernos): Republicanos (con su doble vertiente de Democracia y Aristocracia), Monárquicos (en que una persona ejerce el poder, pero éste se encuentra mediatizado por las tradiciones, las costumbres y una serie de contrapesos sociales) y Despóticos que son el reino de lo arbitrario. Cada una de estas tipologías corresponde a un tipo de sociedad que ha ido perfilándose como consecuencia de esos factores múltiples anteriormente aludidos.

Montesquieu y la division de poderes

- La doctrina de la división de poderes


Pero donde el genio de Montesquieu se manifiesta con toda grandeza es en el alumbramiento de la doctrina de la división de poderes. Construida a partir de lo que antes distinguíamos como régimen republicano y bajo la preocupación de cómo debe organizarse el poder para garantizar la libertad, destacando -y esto es capital- que lo importante no es que estén separadas las funciones sino que se ejerzan por órganos distintos y, a su vez, que éstos sean ocupados por personas diferentes, de manera que "el poder frene al poder". Para él debe existir un funcionamiento armónico entre los distintos órganos detentadores del poder, con lo que hablamos más de división del poder que de estricta separación (lo que dará lugar más tarde a la caracterización de los regímenes políticos en función de cómo sea la relación de poderes). Y caracteriza definitivamente la existencia de los tres poderes que devendrán clásicos, esto es el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial.

- Montesquieu, teórico de la libertad y sus límites


Montesquieu resultará ser asimismo un teórico de la libertad y sus límites, configurándola como la posibilidad de hacer todo aquello que no perturbe la libertad de otros. Destacamos aquí su celebre frase "la libertad consiste no en hacer lo que se quiera, sino en poder hacer lo que debe quererse y en no estar obligado a hacer lo que no debe quererse".

- La existencia de "cuerpos intermedios" como elementos sociales imprescindibles


Finalmente es también el teórico de la existencia de los llamados "cuerpos intermedios", como elementos sociales imprescindibles. Es decir se fija en que el Estado no puede ser un ente de unos pocos frente al conjunto de la población, sino que ésta está organizada de forma variada, dando lugar a distintas instituciones sociales cuyo papel es importante en el juego del poder dentro del Estado.

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- Origen y desarrollo histórico del Estado


+ Origen del Estado como poder político

+ La polis griega

+ Roma

+ El sistema feudal

+ Supuestos socioeconómicos del Estado moderno

+ Supuestos teórico-políticos: el cambio ideológico

+ Nicolás Maquiavelo

+ Jean Bodin

+ Hobbes

+ Estado absoluto y Estado liberal

+ John Locke

+ Rousseau

+ Siéyès

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Fuente:
Introducción al Derecho Constitucional, José Luis García Ruiz. Páginas 43 - 45.